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Granadero Baigorria, departamento Rosario, 03-11-2025


Tentativa de homicidio agravado (art. 80 inc. 9 en función del art. 42 del Código Penal)

cometido por un miembro de las fuerzas de seguridad abusando de su función o cargo.
Eso vale en todo el país, incluida la Provincia de Santa Fe.

La tentativa (intento) se regula en el art. 42 del Código Penal, que establece cómo se castigan los delitos que no se consumaron pero donde hubo comienzo de ejecución.

Relato

Según mi propio relato, policías uniformados acudieron a mi domicilio tras mi llamada al 911. Una vez en el lugar, ingresaron a la vivienda sin orden judicial, sin autorización fiscal, sin la presencia de testigos y sin que existiera situación de flagrancia que justificara el ingreso. De acuerdo con mi testimonio, me trasladaron de manera irregular, me sometieron a malos tratos y posteriormente habrían intentado planificar mi muerte.



1. Presentación del Caso

Mi nombre es Juan Manuel De Castro, Argentino, DNI: 25403476, y me veo obligado a hacer pública una situación de máxima gravedad que afecta directamente a mi integridad física y a la de mi entorno. En las últimas semanas he sido víctima de múltiples intentos de homicidio, ocurridos en el contexto de haber reunido y resguardado evidencias de presuntos hechos de corrupción estructural en distintas ciudades y provincias de Argentina.

Respecto al domicilio y localidad de los hechos, informo que los hechos denunciados ocurrieron en distintos puntos del país, por lo que no es posible consignar un único domicilio. Entre los lugares involucrados se encuentran, a modo de ejemplo:

  • Casa Rosada, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

  • Fábrica Militar Fray Luis Beltrán, provincia de Santa Fe.

  • Presentación realizada a través del formulario oficial “Carta al Presidente” https://www.argentina.gob.ar/formularios/carta-al-presidente

  • Granadero Baigorria, provincia de Santa Fe.

  • otros puntos del país relacionados con los hechos mencionados.

El material recopilado sugiere posibles vínculos entre actores estatales de distintos niveles y actividades ilícitas, incluyendo:

  • Personal policial

  • Miembros de la PDI

  • Fiscales

  • Médicos

  • Jueces

  • Actores relacionados al narcotráfico

Por la magnitud de las implicaciones, y por la reiterada amenaza contra mi vida, decidí hacer pública parte de la información para asegurar su preservación.

2. Riesgo de Vida y Contexto de los Ataques

Tras intentar poner en conocimiento de ciertas autoridades la existencia del material que poseo, comencé a experimentar situaciones que constituyen intentos concretos de atentar contra mi vida.

Estos hechos incluyen:

  • Seguimientos por parte de individuos no identificados.

  • Amenazas directas e indirectas.

  • Episodios violentos que, por su modalidad, sugieren planificación.

  • Hostigamiento sostenido y vigilancia.

Debido a la presunta participación de actores estatales, no cuento con canales tradicionales de protección que considere seguros. La difusión mediática se ha convertido en el único mecanismo viable para resguardar mi integridad.

3. Naturaleza de la Evidencia Recopilada

El material que recopilé incluye (no exhaustivo):

  • Audios y videos

  • Conversaciones documentadas

  • Registros médicos

  • Pruebas materiales

  • Análisis de conductas incompatibles con funciones públicas

  • Indicios de participación o encubrimiento

  • Seguimientos cronológicos de incidentes

He subido una parte inicial de estas evidencias a un sitio web de acceso público para asegurar su existencia, visibilidad y resguardo:

👉 https://www.seralavida.com

El contenido disponible es solo una fracción del total. Mantengo resguardado material adicional que puede ser entregado bajo condiciones seguras y con presencia periodística.

4. Motivo de la Difusión Pública

Debido a que actores estatales podrían estar involucrados, los canales habituales de denuncias y protección no garantizan la seguridad necesaria. Por ello recurro a los medios y a la opinión pública con los siguientes objetivos:

  1. Proteger mi vida mediante la visibilidad del caso.

  2. Asegurar que el material no sea silenciado o destruido.

  3. Promover una investigación independiente, transparente y con seguimiento mediático.

  4. Evitar un nuevo intento de agresión contra mi persona.

5. Solicitud a los Medios

Solicito a los medios:

  • Revisión y verificación del material disponible.

  • Difusión pública del caso.

  • Entrevistas para ampliar detalles.

  • Acompañamiento en la entrega del material restante bajo protocolos de seguridad.

  • Observación periodística continua para prevenir represalias.

Estoy en condiciones de proporcionar nombres, fechas, ubicaciones y documentos de respaldo, siempre en un entorno seguro.

6. Por qué este caso tiene relevancia nacional

La presunta vinculación entre:

  • funcionarios públicos,

  • organismos de seguridad,

  • operadores judiciales

  • y estructuras criminales

plantea un riesgo institucional significativo y expone fallas profundas en mecanismos de control y protección ciudadana.

La gravedad institucional y social de Rosario hace que este caso sea de interés público nacional.


7. Datos de Contacto

Para entrevistas, verificación de documentos o coordinar una entrega segura de información adicional:

Nombre: Juan Manuel De Castro

Correo: viking.power@outlook.com
Correo: jm.vikingo@outlook.com
Correo: pronexo@live.com

Ciudad: Rosario /Granadero Baigorria, Santa Fe

Sitio con evidencia inicial: https://www.seralavida.com


8. Declaración Final

Mi única intención es que la verdad salga a la luz, que la evidencia se preserve y que se investigue lo ocurrido. La difusión pública es actualmente mi única protección frente a los riesgos que enfrento.

Agradezco profundamente el tiempo, el compromiso y la voluntad de colaborar en un caso que pone en juego no solo una vida, sino principios básicos de transparencia, justicia y seguridad democrática.


Juan Manuel De Castro
Director general de Pronexo


Argentina Santa Fe Violencia institucional

Resumen del caso

Entre el 2 y el 11 de noviembre de 2025, en las ciudades de Granadero Baigorria, Capitán Bermúdez y Fray Luis Beltrán, la persona denunciante afirma haber sido víctima de:

  • Golpes y agresiones físicas
  • Torturas y apremios ilegales
  • Amenazas y hostigamiento sistemático
  • Privación ilegítima de la libertad de hecho
  • Intento directo de homicidio en la vía pública

El objetivo de este sitio es dejar constancia pública del caso, preservar la evidencia y solicitar el acompañamiento de organismos de derechos humanos nacionales e internacionales.


Cronología básica de los hechos

  • 2/11/2025: Primeras agresiones y amenazas.
  • 3–5/11/2025: Escalada de hostigamiento, golpes y persecución.
  • 6/11/2025: Episodios de tortura y privación ilegítima de la libertad.
  • 7–10/11/2025: Persecución y coordinaciones entre distintos agentes estatales.
  • 11/11/2025: Intento directo de homicidio; la víctima logra escapar y resguardar evidencia.


Documentos y evidencias

La documentación del caso se encuentra organizada en distintos archivos:

Pueden solicitarse copias de la documentación completa a través del contacto indicado debajo.


Cronología básica de los hechos

  • 2/11/2025: Primeras agresiones y amenazas.
  • 3–5/11/2025: Escalada de hostigamiento, golpes y persecución.
  • 6/11/2025: Episodios de tortura y privación ilegítima de la libertad.
  • 7–10/11/2025: Persecución y coordinaciones entre distintos agentes estatales.
  • 11/11/2025: Intento directo de homicidio; la víctima logra escapar y resguardar evidencia.




Llamado a organismos y organizaciones

Se solicita el acompañamiento de:

  • Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH)
  • ONU – Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos
  • Secretaría de Derechos Humanos de la Nación (Argentina)
  • Organizaciones de la sociedad civil y ONGs de derechos humanos

Se pide especialmente protección, monitoreo del caso y garantías de no repetición.



RELATO ORDENADO DE LOS HECHOS 1.

 
1. Antecedentes y amenazas iniciales y primer llamado al 911

El día lunes 3 de noviembre de 2025, a las 17:35 horas, recibí amenazas por parte del señor Gabriel Ferreyra, a quien previamente había incorporado para trabajar en la empresa Pronexo. Cabe mencionar que el mencionado contaba con llaves de mi vivienda y que, en una instancia anterior, yo mismo lo señalé como presunto responsable del faltante de objetos personales del domicilio.

En esta oportunidad, el señor Ferreyra manifestó que vendría “a matarme”, indicando que no actuaría solo, sino acompañado por otras personas. Asimismo, hice saber que podrían estar involucradas su pareja, Luciana Billone, y el padre de ambos, según la información que había llegado a mi conocimiento.

Es relevante destacar que el señor Ferreyra es hijo de un comisario de alto rango, con presuntos vínculos dentro de la fuerza policial.

Frente a esta amenaza directa, efectuó mi Primera llamada al 911 durante el mismo dìa a la hora 05:41PM.  La policía llego inmediatamente y me dijeron que iba a eestar patrullando por la zona.

Evidencia:  
gabi1.mp3
 
gabriel_ferreyra_comprometiendo_a_su_papa_comisario.zip
 
Amenaza de Gabriel Ferreira.mp4




2. Segunda llamada al 911 debido a la explosión de un artefacto de estruendo en las inmediaciones de mi domicilio

Quiero dejar constancia pública de que debí realizar una segunda llamada al 911 el mismo día a la hora 05:59PM debido a que un artefacto de estruendo fue detonado en mi domicilio. Este incidente ocurrió después de haber recibido amenazas previas, las cuales ya habían sido informadas a las autoridades en mi primera comunicación del día.

Tras la explosión, autorice el ingreso de la policía a mi domicilio para que pudieran inspeccionar el lugar y verificar la situación.

Considero importante dejar registro de estos hechos, así como de las acciones que tomé para solicitar asistencia y colaborar con las autoridades.

3. Intervención de la PDI y conducta de Luciana Billone

Aproximadamente media hora después, vino a mi domicilio 2 inspectores de la PDI (Policía de Investigaciones) en mi domicilio para elaborar un nuevo informe. En esa oportunidad me solicitaron nombres de posibles personas involucradas, información que proporcioné, aunque no se me entregó copia del acta correspondiente.

Durante esta visita, la señorita Luciana Billone también dialogó con los agentes. Observé que se encontraba visiblemente alterada, muy nerviosa y enviando mensajes desde su teléfono celular. Al preguntarle a quién se estaba comunicando, inicialmente no respondió con claridad y luego indicó que se trataba de Iván Cardozo.

Ante su estado de inestabilidad y el nivel de tensión que presentaba, procuré en todo momento mantener la situación bajo control y evitar que se produjeran incidentes o que pudiera lastimarse, hasta que finalizó la intervención policial.



4. Llegada del padre de Luciana Billone y segundo ingreso policial sin testigos y sin orden judicial. Con armas desenfundadas. Situación de riesgo

Acto seguido, llamé al padre de Luciana Billone para explicarle la situación y solicitar que viniera a retirar a Luciana Billone. Al llegar, se produjo un incidente verbal que generó tensión a pesar de haber sido previamente informado. Por este motivo ese mismo día, realicé mi tercera llamada al 911 a la hora 07:08PM para reportar la situación y solicitar asistencia.


papa_luciana_billone_1.mp4
 
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5. Tercer llamado al 911

Realicé mi tercera llamada al 911 ese mismo día a la hora 07:08PM. Las llamadas previas se habían producido debido a que arrojaron un artefacto explosivo de estruendo contra mi domicilio, hecho que motivó la intervención de la PDI, a quienes proporcioné nombres de posibles sospechosos. Durante esa intervención, Luciana Billone estuvo presente. Minutos después, la policía ingresó nuevamente a mi domicilio sin orden judicial, sin testigos y sin flagrancia, mientras yo estaba presente y Luciana se encontraba en un cuarto separado a 50 metros de distancia, con la ventana abierta al patio. 

6. Ingreso de policías a mi vivienda sin mi autorización y privación ilegitima de mi libertad.

Tras mi tercera llamada al 911, un grupo de policías ingresó nuevamente a mi vivienda en J.M. Estrada 457, Granadero Baigorria, de manera violenta y con armas desenfundadas, lo que me obligó a escapar por los techos. Durante mi huida, salté a la casa de un vecino, pero la policía me capturó y me subió a un coche policial.

Posteriormente, me trasladaron al Hospital Eva Perón de Baigorria para un chequeo médico y, luego, a Rosario. Durante el traslado, se produjo un momento de tensión física en el patrullero, mientras intentaba liberarme, lo que complicó la custodia en el vehículo policial. Ante esta situación, los oficiales decidieron llevarme a la Comisaría 24 de Granadero Baigorria. Durante el traslado, los agentes: · Me amenazaron diciendo que me iban a “meter dos tiros en la cabeza por drogadicto”. · Me golpearon y torturaron dentro del móvil policial. Ya en el Hospital Eva Perón de Baigorria, pedí y supliqué al médico presente que me permitiera hacer una llamada, explicando que los policías que me custodiaban me estaban reteniendo contra mi voluntad y que habían ingresado a mi casa sin orden judicial ni peligro de flagrancia. El médico se negó rotundamente, a pesar de que había otros miembros del personal presentes, y ninguno de ellos tomó ninguna acción para permitirme comunicarme. 


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7. En la comisaría 24 de Granadero Baigorria

Posteriormente, aproximadamente la hora 07:45PM ya en la Comisaría 24, los agentes que me capturaron montaron una oficina temporal dentro de la comisaría y se comunicaron con un fiscal, así como con Alarmas ADT. Durante este proceso, algunas grabaciones de mis cámaras de seguridad dejaron de estar disponibles. Por fortuna, contaba con dos cámaras privadas adicionales, cuyas grabaciones posteriores documentaron hechos graves y me proporcionaron evidencia crítica sobre la situación.

8. Hechos dentro de la Comisaría 24 (amenazas, implantes de pruebas y “Protocolo Vikingo”)

En la Comisaría 24 de la ciudad de Granadero Baigorria, supliqué que no permitieran que los policías de Rosario me trasladaran, ya que me habían amenazado previamente con hacerme daño. Durante su presencia, los agentes de Rosario montaron una oficina dentro de la comisaría y discutían abiertamente sobre posibles acciones en mi contra, incluyendo:

  • Implantación de armas o drogas.

  • Presentación de supuestos testigos.

  • Invención de una intervención previa.

Durante estas conversaciones, mencionaron a Amparo Tutau y su domicilio, y se comunicaron con un fiscal de turno para coordinar estas acciones.

Solo cuando supieron que contaba con dos cámaras privadas que habían registrado todo y que había realizado tres llamadas al 911, desistieron parcialmente: me retiraron las esposas y me dejaron bajo la custodia del personal de la Comisaría 24.

Posteriormente, una médica vinculada a la PDI de Rosario asistió al lugar e insistió en que debía ser trasladado para atención médica, a pesar de existir un hospital en la zona. Me negué, y gracias a la intervención de una policía local que me respaldó, no se me obligó a salir.

Mientras permanecía en la celda, escuché a los agentes referirse a un supuesto protocolo denominado “Protocolo Vikingo”, cuyo objetivo, según sus palabras, estaba dirigido contra mí.


9. Liberación y posterior hostigamiento en mi domicilio.

Tras permanecer más de ocho horas en un calabozo, fui liberado y me dirigí a mi domicilio para recoger mis pertenencias y organizar mi traslado. Durante mi permanencia en la celda, me pusieron junto a dos individuos que representaban un riesgo para mi seguridad, lo que aumentó la tensión y el temor por mi integridad física.

Poco después de salir, un patrullero llegó nuevamente a mi casa. Según me informó una empleada, el oficial dijo que buscaban detenerme porque supuestamente “andaba con un cuchillo amenazando vecinos”, lo cual no era cierto. Durante este incidente, fui acompañado por dos individuos que me generaron gran riesgo y tensión, aumentando aún más mi temor. Temiendo por mi vida, decidí abandonar la ciudad de Granadero Baigorria y departamento Rosario y trasladarme a Capitán Bermúdez, en el Departamento San Lorenzo. 

Posteriormente, Luciana Billone, empleada de www.pronexo.com, junto con su padre, iniciaron una causa en mi contra por presunta violencia de género y privación ilegítima de la libertad. Por este motivo, contraté al abogado Dr. Donadello, a quien aboné 500 pesos argentinos como adelanto de los 3500 USD que solicitaba. El pago se realizó mediante transferencia, pero posteriormente me bloqueó el contacto. Días después, lo observé realizando rondas a una cuadra de la casa de mi padre, ubicada en la ciudad de Capitán Bermúdez, provincia de Santa Fe.

10. Intentos de obtener ayuda y causa iniciada en mi contra

Me dirigí a la casa de la tía de mi ex pareja, quien es policía en Fray Luis Beltrán, para mostrarle las pruebas y solicitar su apoyo. Tanto ella como su hijo —también policía— se negaron rotundamente a ayudar.

11. Actuación sospechosa de inspectores e insistencia en incluirme en un plan de protección

Me resultó sorprendente que los inspectores policiales insistieran de manera reiterada en:

  • Reunirse conmigo dentro de comisarías.

  • Incluirme en un supuesto plan de protección de testigos, a pesar de que los hechos habían ocurrido en un solo día.

Me contactaron más de seis veces por teléfono y acudieron al menos cuatro veces a mi domicilio, incluso cuando ya no residía allí.

12. Hechos del 7 y 8 de noviembre (Fábrica Militar y persecución)

El sábado 8 de noviembre de 2025, mientras escapaba nuevamente de la policía de Rosario —que no tenía jurisdicción en Bermúdez—, me refugié primero en la casa de mi tío Alberto Luis González y luego me dirigí a Fray Luis Beltrán.

Mientras utilizaba el WiFi del consultorio de mi odontólogo, escuché la voz de alguien que dijo: “Policía, salga”. Salí corriendo e ingresé a la Fábrica Militar, donde el personal me detuvo y señaló que mi ingreso era ilegal. Tras explicar que escapaba para salvar mi vida y que llevaba pruebas importantes en mi computadora, el responsable del establecimiento me aseguró que me ayudaría, llamaría al Jefe de Defensa de la Nación Argentina y no permitiría que me agredieran.

Poco después, y luego de que el jefe de fabrica militar hiciera unas llamadas telefónicas ,llegó un patrullero local, y me trasladaron sin esposas al hospital público de Fray Luis Beltran para constatar mis lesiones. Luego fui llevado a la Comisaría 61 de Fray Luis Beltrán, donde realizaron un informe supuestamente para asuntos internos que no me permitieron leer.

Mientras permanecía en la Comisaría 61, expresé mi preocupación por la seguridad de mi tío Alberto y solicité específicamente a personal policial que fueran a verlo. En ese momento les proporcioné su dirección para que pudieran constatar su estado.

A los oficiales les solicite ayuda y que me contactaran con un fiscal de Bs AS los cuales accedieron

Pero luego, supuestamente, un fiscal de Buenos Aires, cuyo nombre el personal policial se negó a informarme, ordenó que me liberaran junto a mi tío o que me trasladaran al Hospital de San Lorenzo o a la Fiscalía de San Lorenzo.

Además, el personal policial le pidió a mi tio que fuera a buscarme a la Comisaría, presionándolo para que se hiciera presente allí en esas condiciones. 

Posteriormente, mi tío fue inducido a firmar un documento donde se afirmaba falsamente que “yo estaba loco”. esto sin médicos presentes.

Decidí retirarme con mi tío, supuestamente hacia su casa, pero en el camino le pedí que me dejara cerca de una remisería para poder continuar por mi cuenta. Al acercarme al lugar, noté que quien manejaba el unico coche que había disponible era un ex novio de Amparo Victoria Tutau Roma y note actitudes sospechosas dentro de la remisería y decidí alejarme rápidamente. A partir de ese momento, personal policial sin uniforme comenzó a seguirme; además enviaron individuos a buscarme, por lo que debí esconderme entre matorrales hasta que anocheció.

13. Robo en mi domicilio, manipulación de mis bienes y control indebido de mis cuentas bancarias

El día 7 de noviembre, Amparo Victoria Tutau Roma —empleada de Pronexo y ex pareja— ingresó a mi vivienda utilizando llaves en su poder y retiró mi computadora personal, argumentando que temía que pudieran entrar a robar.

El 8 de noviembre, efectivamente se produjo un robo en mi domicilio, durante el cual la vivienda fue completamente desvalijada. No se registraron signos de violencia ni cerraduras forzadas y las cámaras de seguridad fueron apagadas, lo que evidencia que la persona que ingresó contaba con llaves y conocimiento previo del sistema. Dìas despuès vi en una historia de WhatsApp que una persona que trabajaba en Pronexo tenìa puesto parte de las pertenencia robadas. Tengo evidencias de todo.

Ese mismo día, Amparo accedió sin autorización a una cuenta bancaria de mi propiedad en Estados Unidos y vació los fondos, a pesar de mis instrucciones expresas de no realizar ninguna operación sin mi aprobación. Además, tomó control de mi correo electrónico personal y procedió a cambiar todas las cerraduras de mi casa, utilizando mi propio dinero y actuando sin mi consentimiento en ninguna de estas acciones.

Amparo Victoria Tutau Roma nunca creyó ni reconoció las torturas policiales que sufrí, incluso después de que le mostrara imágenes y evidencias. Por el contrario, insistía de manera reiterada —hasta 15 veces por día— en que debía “ver a un psiquiatra”, lo que constituía un claro hostigamiento psicológico.

Comenzó además a tomar distancia en redes sociales, dejando de seguirme y modificando configuraciones para ocultar lecturas o actividad, mientras expresaba frases como:

“Vos con plata sos un riesgo para la humanidad.”

También intento armar junto a otro individuo que trabajaba para pronexo una supuesta amenaza de mi parte en un pool de Rosario al jefe de la barra de Rosario centra. Falso, no conozco personalmente ni en foto al jefe de la barra de Central pero además se que se encuentra preso desde hace meses lo que resulta imposible que yo haya tenido ni siquiera una charla conél.

Asimismo, su tía —quien se desempeña como personal policial— le recomendó que me denunciara como “loco” para activar un operativo policial de captura en mi contra.

Todo esto ocurrió en la misma semana en que intentaron asesinarme, lo que agrava aún más el contexto y las consecuencias de estas acciones. 




SIN MI AUTORIZACIÓN AMPARO SE METIO EN MI CUENTA DE EEUU Y SE CREO UNA TARJETA DE CREDITO PERSONAL CON SU NOMBRE.



14. Hackeo de mi cuenta de email de la empresa Pronexo


Desde el robo en mi domicilio, se apoderaron de una cuenta de correo electrónico institucional. Aunque logré recuperarla en varias ocasiones —tras múltiples gestiones y asistencia con personal informático— la volvía a perder repetidamente. En las revisiones técnicas realizadas, pude verificar que los correos de recuperación y cambios de acceso provenían de la casilla de Amparo Tutau, lo que evidencia una intervención directa sobre mi cuenta.

A la fecha 24 de Noviembre de 2025 la cuenta de email sigue teniendo como metodo de recuperación teléfonos y cuentas de email de Amparo Victoria Tutau a pesar que las he actualizado en estos días al rato volvía a estar los contactos de ella. Lo que significa que quienes están manipulando mi cuenta de correo tienen acceso al teléfono y al email de Amparo.

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Jueves 27 de Noviembre de 2025 - Solicitud de recupero de cuenta pronexo@gmail.com

15. Llamada de supuesta "Unidad de respuesta inmediata Veronica"

Entre las numerosas denuncias y llamados que realicé, uno de ellos fue el envío de una carta al Presidente de la Nación mediante el siguiente formulario oficial:

https://www.argentina.gob.ar/formularios/carta-al-presidente.

A raíz de ello, al día siguiente se comunicó conmigo una mujer que se presentó como Verónica, quien dijo trabajar en el área de seguridad. Me solicitó que le relatara los hechos y así lo hice.

Luego de escuchar mi relato, y sin realizar ninguna verificación de autenticidad, comenzó a ofrecerme ayuda de manera insistente. Afirmó que podía enviarme un helicóptero de inmediato si lo necesitaba y me proporcionó su número personal para que la llamara a cualquier hora en caso de requerir asistencia o sentirme en riesgo, asegurando que ella podía resguardarme. Incluso llegó a ofrecerme un cambio de identidad y una “nueva vida” si le informaba dónde me encontraba.


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Nuevo Chat Lunes 24 de Noviembre de 2025 10:50PM
Me resulta completamente incomprensible que una persona que afirma estar en peligro por su propia vida asegure que puede proteger la mía. Esa contradicción evidencia la falta de coherencia y seriedad en sus declaraciones, y pone en duda la legitimidad de toda la ayuda que dice ofrecer.



16. Domingo 23 de Noviembre de 2025 llega carta sellada solicitando cámaras

Resulta profundamente contradictorio e irregular que sea la propia policía —a quienes estoy denunciando por su participación en los hechos— la que solicite las cámaras de vigilancia vinculadas al caso.

Esa función corresponde exclusivamente a un fiscal o autoridad judicial independiente, precisamente para garantizar la objetividad, la transparencia y la preservación de las pruebas.

Permitir que los mismos agentes denunciados tengan acceso o control sobre evidencia clave no solo vulnera los principios básicos del debido proceso, sino que además pone en riesgo la integridad de las pruebas y abre la posibilidad de manipulación o encubrimiento. La investigación debe estar en manos de un organismo imparcial, nunca de quienes podrían estar involucrados en el delito.


ARTÍCULO 4.- Potestades. El Ministerio Público de la Acusación, en ejercicio de sus funciones, podrá pedir la colaboración de cualquier funcionario y autoridad administrativa del Estado y de las personas privadas físicas o jurídicas, estando éstos obligados a prestarla sin demora y a proporcionar los documentos e informes que le sean requeridos, dentro de los límites legales. .. (en ningún lado del artículo 4 de la ley 13013 dice que los policías podrán pedir por su cuenta las cámaras. Tampoco se ve la firma de un fiscal, lo firma una sub oficial de la policía)

En términos legales, no, no es correcto que un suboficial de policía solicite pruebas de cámaras de vigilancia sin orden, firma o instrucción de un fiscal o juez.

Aquí te explico claramente por qué:

1. La policía no puede pedir pruebas por su cuenta

En Argentina (incluida la Provincia de Santa Fe), la policía no es autoridad competente para requerir evidencia por iniciativa propia en una investigación penal.

La obtención de pruebas solo puede ser ordenada por:

  • Un fiscal (Ministerio Público de la Acusación)

  • Un juez, dependiendo del acto

La policía es únicamente auxiliar del fiscal, no puede investigar por su cuenta ni recolectar pruebas sin orden legal.

2. Ley 13.013 de Santa Fe — Art. 4

Esta ley establece que el fiscal dirige la investigación penal y la policía debe actuar bajo sus órdenes.

Lo dice claramente el Artículo 4:

“El Ministerio Público de la Acusación podrá pedir la colaboración de cualquier funcionario… estando estos obligados a prestarla…”

👉 Esto significa: solo el fiscal puede solicitar pruebas, no un suboficial.

3. Solicitar cámaras sin orden fiscal es una irregularidad grave

Cuando la misma policía denunciada pide pruebas, además existen riesgos de:

  • Manipulación de evidencia

  • Destrucción o alteración de registros

  • Encubrimiento

  • Violación de la cadena de custodia

La prueba queda completamente viciada.

4. Las cámaras deben ser requeridas por escrito por la Fiscalía

En Santa Fe, los pedidos de cámaras se hacen mediante:

  • Oficio de la Fiscalía

  • O pedido formal firmado por el fiscal interviniente

Sin eso, el acto es nulo.

🟥 5. Conclusión

No, no es correcto ni legal.

Un suboficial no puede enviar una carta para pedir cámaras en una causa penal sin la orden de un fiscal.

Si lo hizo, es una irregularidad que debe denunciarse, especialmente si la policía está involucrada en los hechos.

Juan Manuel De Castro
Director general de Pronexo



Contacto

Para solicitar documentación, ofrecer acompañamiento jurídico o de derechos humanos, o para ampliar información sobre el caso, por favor escribir a:

[viking.power@outlook.com]